23.04.2024 |
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VIOLENCIA MACHISTA

El 10,66 % de las víctimas se negó a declarar contra su agresor en Cantabria

Vista de los paneles informativos de los juzgados de Santander. / HARDY
Vista de los paneles informativos de los juzgados de Santander. / HARDY
El 10,66 % de las víctimas se negó a declarar contra su agresor en Cantabria
Un mensaje recurrente en la lucha contra la violencia machista es que hay que denunciar, pero la realidad es que parte de las denuncias no prospera porque no se mantienen o porque la mujer se acoge a la dispensa legal para no declarar contra su cónyuge, un importante escollo para lograr la condena.

La denuncia y que la víctima mantenga su testimonio en todo el proceso judicial suponen una cuestión vital en este tipo de delitos, que a menudo se producen en la intimidad y en el que la prueba suele centrarse en la declaración de la mujer maltratada.

Tanto los jueces como los fiscales especializados en violencia de género han alertado de que una de las trabas para lograr condenas está, irónicamente, en una de las garantías legales que prevé la legislación como un derecho: la dispensa de la obligación de declarar.

Esa dispensa de la obligación de declarar se recoge en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que exonera a "los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial (...)", entre otros, de declarar.

Este precepto no es una cuestión pacífica y lleva años siendo debatido en el ámbito jurídico, con voces que apuestan por su eliminación, como la de la fiscal de Sala delegada para la Violencia de Género, Pilar Martín Nájera, que lleva tiempo advirtiendo de que la dispensa -que es un derecho de la víctima-, termina por perjudicarla.

Este verano el Tribunal Supremo dictó una sentencia en la que estableció de forma novedosa que una vez personada en el proceso como acusación la víctima de violencia de género no puede acogerse al derecho a no declarar.

Se trata de una sentencia reciente, en la que no hubo unanimidad, y cuya incidencia para que se mantengan las declaraciones y para que aumenten las condenas está aún por ver.

Pero un primer paso para allanar ese camino ya se ha dado, pues el anteproyecto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal del Gobierno aprobado ayer por el Gobierno ya suprime la exención del deber de declarar a la víctima que haya decidido hacerlo en un momento previo del proceso, tras ser debidamente informada de su derecho a la dispensa.

Y esa obligación se extiende en el anteproyecto a las víctimas que se personen en un proceso como acusación particular, en línea con la sentencia del Supremo.

LAS CIFRAS

Según el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en 2019 se acogieron a la dispensa de la obligación de declarar 17.205 mujeres, un 0,82 % menos que en 2018.

Estos datos suponen que el 10,66 % de las víctimas se negó a declarar contra su agresor.

A VUELTAS CON LA DISPENSA

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, José Luis López del Moral, explica a Efe que a este asunto se le lleva dando vueltas desde el año siguiente a la entrada en vigor de la Ley Integral contra la Violencia de Género.

La Fiscalía se ha pronunciado también sobre este asunto y ha alertado reiteradamente en sus memorias sobre el problema que le supone la dispensa de la obligación de declarar para conseguir condenas de violencia de género.

Del mismo modo, advierte de que cuando la mujer maltratada se acoge al derecho a no declarar "el número de sentencias absolutorias se incrementa". "Aunque se suelen proponer como testigos a personas que solo por referencias conocen los hechos, generalmente miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, el resultado de la prueba suele ser insuficiente para dictar sentencias condenatorias", subraya la Fiscalía especializada en violencia de género.

UNA CUESTIÓN COMPLICADA

El presidente del Tribunal Superior de Justicia, José Luis López del Moral, y el juez de Violencia de Género de Santander, Fernando Vegas, inciden en la complejidad de los procesos por violencia de género y resaltan el factor "emocional" que entra en juego.

"La cuestión emocional es fundamental en las víctimas", manifiesta Vegas, mientras que López del Moral insiste en lo complicado que son estos procesos por la implicación personal del presunto agresor y la víctima.

Según subraya, el reto que afronta la Justicia en estos casos es "proteger a la víctima, a veces pese a la propia víctima", que puede estar tentada de mirar a otro lado y desistir.

"Estamos hablando de sentimientos, y eso muchas veces hace que la agredida tenga la esperanza de que sea un episodio que va a pasar y que se agarre a la idea de que las aguas volverán a su cauce y que todo en su relación se normalizará", dice López del Moral.

Cuenta que, cuando ejercía en tribunales con competencia en violencia de género, alguna vez escuchó a alguna víctima decir sobre su presunto agresor: "yo lo que quiero es que me quiera".

Y en esa situación no es raro que haya mujeres que optan por hacer borrón y cuenta nueva y que decidan no declarar con la esperanza de que no vuelva a repetirse.

Elena Pérez, abogada en el turno de oficio especializado para víctimas de violencia de género, insiste en la importancia de la declaración de la víctima, que puede verse presionada para retirarse del proceso no solo por el supuesto agresor, sino en ocasiones también por el entorno familiar.

El panorama complicado que frecuentemente se abre ante estas mujeres, con una situación económica mermada y procesos judiciales que hay que pasar, puede llevarlas a tirar la toalla en la denuncia penal.

El juez de Violencia de Género añade que, bajo su punto de vista, en la violencia de género se debe aspirar a una reducción de este tipo de conductas porque "por desgracia, la curación total no existe". "No creo que sea un objetivo realista", comenta. 

El 10,66 % de las víctimas se negó a declarar contra su agresor en Cantabria
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