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El Diario de Cantabria

Los vecinos podrán pagar el IBI hasta el 5 de octubre

González Huergo anuncia las nuevas fechas de cobro y explica que aquellos ciudadanos que quieran pagar ahora este impuesto, sin acogerse al aplazamiento establecido por el Ayuntamiento, pueden hacerlo dirigiéndose al correo [email protected]

Varias hacen cola delante de una tienda en Santander. / Hardy
Varias hacen cola delante de una tienda en Santander. / Hardy
Los vecinos podrán pagar el IBI hasta el 5 de octubre
El Ayuntamiento de Santander ha abierto el plazo de pago del Impuesto de Bienes inmuebles de Naturaleza Urbana, Rústica y de características especiales (IBI) para el ejercicio 2020, que se podrá abonar en periodo voluntario hasta el 5 de octubre, extendiéndose hasta el 7 de diciembre para aquellos ciudadanos que tengan domiciliado el recibo.

Así lo ha anunciado el concejal de Economía y Hacienda, Víctor González Huergo, quien ha dado a conocer las nuevas fechas de cobro para este tributo, tras el aplazamiento del mismo al segundo semestre del año establecido por el Consistorio con el objetivo de aliviar la economía de las familias de la ciudad como consecuencia de la crisis generada por la COVID-19.

El responsable municipal ha explicado además, en una nota de prensa, que aquellos vecinos que deseen pagar ahora el impuesto, sin acogerse a este aplazamiento, pueden solicitar y materializar el pago dirigiéndose al correo electrónico [email protected] o al teléfono 942 200 691.

Según ha detallado, el nuevo plazo de pago en periodo voluntario se extiende del 15 de mayo al 5 de octubre para los recibos no domiciliados, y del 5 de agosto al 7 de diciembre para quienes tengan el pago domiciliado. En este caso, los cargos se realizarán los días 5 de agosto, 5 de octubre y 7 de diciembre.

El resto de vecinos deberán abonarlo en las entidades bancarias colaboradoras o bien a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, presentando el documento de pago.

Para el pago en entidades bancarias, podrán acudir a las oficinas colaboradoras, que son Banco Santander, Liberbank, BBVA, CaixaBank, Bankia y Banco Sabadell, o bien realizar el trámite en cajeros automáticos y banca online si dichas entidades incluyen estas operaciones entre los servicios ofertados a sus clientes.

En cuanto al pago en sede electrónica (https//sede.santander.es/oficina-tributaria), no es necesario contar con certificado digital y basta con utilizar la información identificativa que el contribuyente encontrará en la carta de pago.

Para aquellos que no hayan recibido el documento de pago –que se remite por correo-, los ciudadanos pueden solicitar un duplicado en la oficina de Recaudación Municipal (calle Antonio López, 6), en horario de 08.00 a 14.00 horas; en las oficinas de Gestión Tributaria (plaza del Ayuntamiento), de 08.30 a 13.30 horas; en la sede electrónica, con certificado digital o DNI electrónico; o en el Centro de Atención Telefónica (942 200 691).

En este servicio de información telefónica los usuarios pueden realizar consultas sobre fraccionamientos o relacionadas también con impuestos o tasas municipales, e informarse sobre recibos o pagos pendientes con la administración municipal. El servicio funciona de manera continuada en horario de 8.00 a 20.00 horas de lunes a viernes.

Para mayor comodidad, el Ayuntamiento recomienda domiciliar el pago de impuestos municipales y recuerda que también existe la posibilidad de fraccionarlo sin intereses.

Por último, González Huergo, ha recordado que el Ayuntamiento de Santander ha colgado en el nuevo portal Santander en Casa un documento donde aclara algunas de las dudas más frecuentes en materia tributaria que están surgiendo estos días con motivo de los cambios y aplazamientos derivados de la declaración del estado de alarma.

Los vecinos podrán pagar el IBI hasta el 5 de octubre
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