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El Diario de Cantabria

Se aplaza el juicio contra responsables club alterne de Heras

Vista de los juzgados de Santander. / HARDY
Vista de los juzgados de Santander. / HARDY
Se aplaza el juicio contra responsables club alterne de Heras
El juicio que debía iniciarse hoy en la Audiencia de Cantabria contra dos hombres y dos mujeres responsables de un club de alterne, acusados de delitos contra los derechos de los trabajadores por explotar a mujeres sin estar dadas de alta en la Seguridad Social, ha sido aplazado por la ausencia justificada de una de las acusadas.

Al inicio de la sesión, que debía celebrarse entre hoy y mañana miércoles en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, el juez ha dado lectura a un escrito en el que se daba cuenta de que una de las acusadas ha sido sometida recientemente a una intervención quirúrgica, que le obligaba a guardar reposo y que, por tanto la impedía acudir al juicio.

El juez ha planteado a las partes la posibilidad de continuar con la vista sin esta acusada, pero la Fiscalía ha declinado esa opción apuntando que "la falta de uno de los acusados podría alterar el resultado final del juicio", con lo que se han mostrado de acuerdo tanto la acusación particular como los letrados de la defensa.

"Es fundamental que estén los cuatro juntos", ha afirmado el juez al anunciar a los acusados que el juicio se pospone hasta una fecha pendiente de acordar.

Estas cuatro personas están acusadas de delito contra los derechos de los trabajadores por explotar un club de alterne en el que trabajaban mujeres dedicadas al alterne o a la prostitución sin estar dadas de alta en la Seguridad Social.

Entre los acusados, dos son mujeres, socias de una mercantil dedicada a la explotación de establecimientos hosteleros, entre ellos, un club de alterne en Heras. Otro es el encargado del club y la cuarta persona es otro hombre que, según la Fiscalía, si bien no tenía una participación habitual en la marcha del local, se prestó a aparecer como administrador único de la sociedad, siendo conocedor de las actividades del club y participando en la contratación de algunos empleados.

En marzo de 2017, agentes de extranjería de la Policía Nacional realizaron una inspección en el club e identificaron a veintiuna personas trabajando allí, entre ellas una limpiadora y dieciséis mujeres de diferentes nacionalidades “que ejercían voluntariamente actividades de alterne y prostitución”. Dos de esas mujeres se encontraban en situación de estancia irregular en España.

Días después, se realizó una segunda inspección, en esta ocasión con presencia de agentes de la Policía Nacional y también funcionarios de la Agencia Tributaria, y se encontró a veinticinco personas trabajando allí, dieciocho de ellas chicas extranjeras que ejercían el alterne y la prostitución, de las que siete se encontraban en situación irregular.

Finalmente, mes y medio más tarde, en una tercera visita al club con miembros de la Inspección de Trabajo, se identificó a veinticinco personas, de las cuales dieciocho eran mujeres dedicadas a las actividades ya mencionadas.

La Fiscalía señala que las mujeres que ejercían el alterne “alentaban el consumo de bebidas de los clientes, así como la prostitución en las condiciones que establecían los responsables del negocio”, que fijaban el reparto del dinero obtenido por las consumiciones a partes iguales entre el club y las chicas.

Y añade que, en el caso de las mujeres que ejercían la prostitución, “pagaban a los acusados 40 o 25 euros, según el número de servicios sexuales que realizaban, por ocupar las habitaciones, además de seis euros por las sábanas, y las que no prestaban servicios sexuales tenían alojamiento en el club sin coste”.

La recaudación diaria la realizaban los responsables del club y “al final del día ellos entregaban a las mujeres” las cantidades que les correspondían. La mercantil conocía su obligación de dar de alta a las trabajadoras ya que había sido ya sancionada por la Inspección de trabajo por hechos idénticos.

A juicio de la fiscalía, lo descrito constituye delito contra los derechos de los trabajadores, con la concurrencia de la agravante de reincidencia en el caso de uno de los acusados, el que figuraba como administrador de la sociedad.

Las penas solicitadas para el acusado reincidente ascienden a cuatro años y nueves meses de prisión, multa de 4.500 euros e inhabilitación para el cargo de administrador de industria o comercio por un periodo de tres años. Para cada uno de los restantes acusados el ministerio fiscal pide una condena de tres años de prisión y multa de 3.600 euros; y se solicita la clausura del club por un periodo de tres años. 

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