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El TSJ de Cataluña desestima las medidas cautelares "urgentes" que Fecasarm pidió en el ocio nocturno

Asegura que no existe "urgencia perentoria" para resolver la medida cautelar
El TSJ de Cataluña desestima las medidas cautelares "urgentes" que Fecasarm pidió en el ocio nocturno

Asegura que no existe "urgencia perentoria" para resolver la medida cautelar

BARCELONA, 8 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado este miércoles las medidas cautelares "urgentes" que la patronal Fecasarm pidió respecto al ocio nocturno y la limitación horaria en la restauración, y ha abierto el trámite ordinario de cautelares.

En un auto consultado por Europa Press, han dado a la Generalitat un plazo hasta las 12 horas del 14 de septiembre de 2021 para que pueda presentar alegaciones, y ha asegurado que no existe urgencia perentoria para resolver sobre la medida cautelar de suspensión de las restricciones solicitada.

La patronal Fecasarm interpuso este martes un nuevo recurso contencioso-administrativo contra la prórroga de las restricciones de horario y el cierre de espacios interiores del ocio nocturno aprobada por la Generalitat el viernes.

Reclamaron "medidas cautelares urgentísimas", ya que aseguraron que la mejoras de los datos epidemiológicos se tienen que ver reflejadas en la flexibilización de las restricciones.

Actualmente, la restauración puede abrir de 06.00 a 00.30 horas, "a partir de la cual se dispone de 30 minutos para el desalojo", y los clientes no pueden permanecer en el establecimiento fuera de esta franja horaria.

Los clientes de las salas de baile, bares musicales, karaokes y discotecas no podrán utilizar los espacios interiores si no es "para acceder a las terrazas, espacios al aire libre o la utilización de servicios higiénicos".

El TSJ de Cataluña desestima las medidas cautelares "urgentes" que Fecasarm pidió en el ocio nocturno
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