19.04.2024 |
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El Tribunal Superior de Andalucía confirma la condena a 12 años de cárcel a un hombre que abusó de la hija de su pareja

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a 12 años de prisión impuesta a un hombre por abusar de forma reiterada de la hija de su pareja cuando tenía 12 años y aprovechando los momentos en los que se encargaba de cuidarla. De esta forma, desestima el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado.
El Tribunal Superior de Andalucía confirma la condena a 12 años de cárcel a un hombre que abusó de la hija de su pareja

MÁLAGA, 24 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a 12 años de prisión impuesta a un hombre por abusar de forma reiterada de la hija de su pareja cuando tenía 12 años y aprovechando los momentos en los que se encargaba de cuidarla. De esta forma, desestima el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado.

Los hechos sucedieron en 2017 en Málaga capital. Según recoge la sentencia del alto Tribunal andaluz, la Audiencia de Málaga declaró probado que se produjeron varios episodios en los que el procesado abusó sexualmente de la menor, prevaliéndose de la relación de confianza que existía, ya que la cuidaba cuando la madre iba a trabajar.

La resolución ahora confirmada señala que esos actos hacían que la niña se quedara "paralizada por el terror que sentía" y no decía nada por estar "dominada por el miedo", aunque la situación llegó a "resultarle insoportable" que, "ante el miedo de que su madre se enfadara con ella, escribió a una carta y la dejó en el buzón de la vivienda, donde le anunciaba que se marchaba del domicilio".

No obstante, posteriormente, regresó a la casa y cuando habló con su madre le dijo que odiaba al acusado "porque me viola'. La mujer se lo dijo al procesado y que le iba a denunciar, por lo que este huyó fuera de Málaga, aunque luego volvió. La víctima, a consecuencia de los hechos, está en tratamiento al presentar alteraciones psicológicas.

Además de los años de prisión, también se confirma la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 500 metros y comunicar con ella por cualquier medio por el plazo de 15 años y la inhabilitación para empleo que conlleve contacto con menores. Además, se ratifica una medida de libertad vigilada de ocho años y que indemnice a la menor con 70.000 euros.

Para el TSJA, el relato de la menor "es creíble y objetivamente consistente y verosímil, hallándose además reforzado por otros datos acreditados en la causa", considerando, por tanto que el testimonio "se muestra sincero y fiable". Además, avala que la declaración de la menor fuera a través de la reproducción de la realizada anteriormente como prueba preconstituida y no en directo en el juicio.

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