15.05.2024 |
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El Supremo pide reexaminar la exportación de un cuadro de Sorolla

Madrid, 22 feb (EFE).- El Tribunal Supremo ha ordenado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que reexamine el permiso de exportación temporal con posibilidad de venta del cuadro "Fin de jornada", de Joaquín Sorolla.

El Supremo pide reexaminar la exportación de un cuadro de Sorolla

Madrid, 22 feb (EFE).- El Tribunal Supremo ha ordenado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que reexamine el permiso de exportación temporal con posibilidad de venta del cuadro "Fin de jornada", de Joaquín Sorolla.

La Sala de lo Contencioso Administrativo estima el recurso de Eduardo Lorente-Sorolla y anula la sentencia del TSJM que consideró ajustada a derecho la resolución de la Secretaría de Estado de Cultura, de 2017, que ratificó la denegación del permiso de exportación temporal de la obra de arte.

En base a ello, ordena la retroacción de actuaciones para que el TSJ de Madrid dicte una nueva sentencia en la que realice una correcta valoración de la prueba sin otorgar, como hizo en su primer pronunciamiento, un plus de credibilidad a determinados informes periciales por el solo hecho de provenir de la Administración.

El Supremo destaca que el TSJM no ha hecho ningún análisis comparativo de los argumentos desarrollados en los distintos informes y dictámenes recogidos en las actuaciones, y ha basado su decisión fundamentalmente en una pretendida "mayor objetividad e imparcialidad" de los expertos al servicio de la Administración.

Ello, añade, "no es lo que la ley requiere", ya que el TSJ "habría debido examinar la mayor o menor solidez de cada uno de los dictámenes periciales, teniendo en cuenta sus fuentes, su desarrollo expositivo, e incluso el prestigio profesional de su autor".

"Limitándose -continúa- a decir que cuando concurren un experto privado y uno de la Administración debe darse mayor credibilidad a éste último, la sentencia impugnada no sólo no aporta una motivación suficiente del modo en que se ha formado su convicción sobre los hechos, sino -lo que es peor- termina por otorgar implícitamente el carácter de prueba tasada o legal a los informes de la Administración".

Abunda la sentencia en que es necesario examinar los dictámenes periciales críticamente, "sin otorgar automáticamente mayor fuerza a algunos de ellos por el solo hecho de provenir de la Administración".

Con todo, el Supremo puntualiza que con su actuación "no ha entrado en absoluto a examinar si la valoración de la prueba es acertada. Tan es así que nada de lo dicho en esta sentencia permite inferir si esta Sala considera que el cuadro 'Fin de jornada' reúne o no reúne las características que legalmente justifican una denegación de la solicitud de la autorización de exportación".EFE

rma/jlg

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