20.04.2024 |
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La Justicia autoriza prorrogar la implantación del pasaporte covid en Ceuta

Ceuta, 7 ene (EFE).- La Consejería de Sanidad de Ceuta ha recibido este viernes el visto bueno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para la prórroga durante 15 días más del uso del certificado covid de la UE para el acceso a locales cerrados de hostelería y restauración, así como a las residencias de mayores.

La Justicia autoriza prorrogar la implantación del pasaporte covid en Ceuta

Ceuta, 7 ene (EFE).- La Consejería de Sanidad de Ceuta ha recibido este viernes el visto bueno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para la prórroga durante 15 días más del uso del certificado covid de la UE para el acceso a locales cerrados de hostelería y restauración, así como a las residencias de mayores.

Según ha informado en rueda de prensa el portavoz del Gobierno ceutí y consejero de Sanidad, Alberto Gaitán (PP), el auto del TSJA ratifica la prórroga durante 15 días más al entender que es "una forma constitucionalmente legítima de proteger la salud pública" de los ciudadanos.

Alberto Gaitán ha resaltado que el auto se basa en los "informes técnicos" emitidos por el personal del Gobierno ceutí y ha dejado claro que las medidas son "muy similares" a las que se aplican en el resto de las autonomías.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, ha ratificado las medidas sanitarias recogidas en el decreto del consejero de Sanidad, y que entró en vigor a mediados de diciembre de 2022 y que tenía una vigencia hasta la jornada de hoy.

El pasaporte covid es necesario para hostelería y restauración en locales cerrados con aforo superior a 50 comensales, así como actividades con restauración que superen un aforo interior de 50 personas, aunque no afecta a las terrazas.

También para el ocio nocturno (discotecas, salas de baile, salas de fiestas con espectáculo, bares musicales, karaokes y todos aquellos cuyo licencia de apertura no sea bar, cafetería o restaurante) en locales cerrados con un aforo superior a 50 personas.

Igualmente, es un requisito indispensable para visitantes y acompañantes en residencias mayores así como para visitantes y acompañantes de pacientes en centros hospitalarios.

Los propietarios de los establecimientos deberán exigir su presentación a la entrada del mismo a cualquier persona mayor de 12 años y a la entrada del establecimiento deberá estar bien visible un cartel informativo con la exigencia del certificado para mayores de 12 años. EFE

rp/ram

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