Exjefes de seguridad de Repsol y CaixaBank piden actuaciones al juez para probar que no hubo negligencia con Villarejo

Subrayan que el comisario "ejercía sus actividades privadas de inteligencia de forma pública y conocida"

Subrayan que el comisario "ejercía sus actividades privadas de inteligencia de forma pública y conocida"

MADRID, 30 (EUROPA PRESS)

Los ex jefes de seguridad de Repsol y CaixaBank Rafael Araujo y Miguel Ángel Fernández Rancaño han solicitado al juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón que recabe información de la Policía Nacional para que compruebe que no cometieron negligencia alguna al contratar los servicios del comisario José Manuel Villarejo, presuntamente, para espiar al entonces presidente de Sacyr, Luis del Rivero, en el marco de una pugna empresarial.

En sus escritos, a los que ha tenido acceso Europa Press, responden al auto dictado el pasado 8 de julio donde el instructor acusaba a Araujo y Rancaño, de ser "particularmente negligentes" por no haber hecho las comprobaciones básicas que les habrían llevado a la conclusión de que CENYT, empresa propiedad del comisario, no podía ofrecer servicios de seguridad privada, porque no estaba habilitada para ello, y de que no podían contratar con Villarejo, porque era un policía en activo.

Sobre esto último, el magistrado hizo hincapié en que ambos eran miembros de la Policía Nacional, aunque en esas fechas (2011) Rancaño figuraba en segunda actividad y Araujo estaba en excedencia voluntaria. Por ello, entiende que sabían que el escalafón de agentes se publica anualmente en una orden general, "fácilmente accesible por cualquier funcionario" del cuerpo. De haberla consultado, expuso, habrían visto que Villarejo estuvo en activo hasta 2016.

Rancaño ha respondido en su escrito que esa orden general en realidad solo está disponible para policías en activo y a través de "determinadas claves y contraseñas" que él no tenía ya porque había pasado a la situación de segunda actividad en 2005, de modo que --alega-- si hubiera consultado dicha orden habría incurrido en una ilegalidad.

"El escalafón del Cuerpo Nacional de Policía, como lógicamente sucede y sucedía en el año 2011, en el que el terrorismo era un fenómeno notablemente impactante en la sociedad española, no era ni es de acceso público, sino que se encuentra restringido a los funcionarios en activo", ha recalcado el ex jefe se seguridad de CaixaBank.

Para probarlo, su defensa ha solicitado al titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 que "se oficie a la Dirección General para que informe acerca de si en el año 2011 era posible acceder públicamente y con facilidad, de forma legal, a la situación administrativa de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía".

Ha defendido, en cualquier caso, que "ninguna norma obligaba, imponía o aconsejaba la indagación sobre la situación administrativa del señor Villarejo en la empresa de la que, además, eran socios otras personas". Y ello porque trabajaba en "un establecimiento abierto al público" y quien contrata a alguien que opera con esa "notoriedad" no está obligado a indagar acerca de si los profesionales que prestan allí sus servicios pertenecen o no a algún cuerpo funcionarial.

SERVICIOS DE "INTELIGENCIA CORPORATIVA"

Respecto a CENYT, el juez les reprochó que a través la Unidad Central de Seguridad Privada de la Policía Nacional o de cualquiera de sus unidades territoriales podrían haber comprobado "fácilmente" que ninguna de las mercantiles que formaban el grupo empresarial de Villarejo contaba con las autorizaciones administrativas necesarias para llevar a cabo servicios de seguridad privada.

Es "especialmente llamativo" que no lo hicieran, estimó García-Castellón, dado que Araujo fue jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada y Rancaño ostentó entre otros cargos el de comisario provincial de Burgos y jefe superior de Policía en Galicia y Cataluña, "por lo que tuvo bajo su dependencia a varias unidades territoriales".

Araujo ha respondido al magistrado en su escrito que a Villarejo no se le encargaron servicios de seguridad privada, sino de "inteligencia corporativa", "lo que determinaba que no fuera necesaria la autorización administrativa" exigida a las empresas que ofrecen los primeros.

En este sentido, ha subrayado que los informes entregados por Villarejo "tenían un carácter meramente descriptivo y que reflejaban datos e informaciones a los que podía tenerse acceso bien de fuentes públicas o abiertas bien de fuentes sujetas a suscripción o pago".

"Esto es, por decirlo con los mismos términos que el legislador, se trataba de 'recepción, recopilación, análisis, comunicación o suministro de información libre obrante en fuentes o registros de acceso público', actividad expresamente excluida de la aplicación de la Ley de Seguridad Privada", ha enfatizado.

EN UN "EDIFICIO EMBLEMÁTICO"

En un paso más, ha esgrimido que, de las comparecencias que se están produciendo en la comisión de investigación del Congreso de los Diputados sobre la 'Operación Kitchen' y de "distinta información pública", "se pone de manifiesto que la actividad empresarial que el señor Villarejo desarrolló durante décadas a través del Grupo CENYT era conocida, e incluso utilizada, por la Dirección Adjunta Operativa (DAO)".

"En tales circunstancias", ha continuado con el razonamiento, el hecho de que la Dirección General de la Policía Nacional no ejercitara respecto a CENYT las competencias de control que le confiere dicha ley sobre las actividades de seguridad privada "sería demostrativo de que la normativa relativa a esa materia no le resultaba de aplicación".

Araujo ha destacado también que ni la Policía ni ningún cliente o empresa competidora de CENYT denunciaron a Villarejo o a sus mercantiles por prestar servicios de seguridad privada sin las habilitaciones necesarias, "a pesar de la larga trayectoria de dicho grupo" y de que su cuartel general estaba en la Torre de Picasso de Madrid, "un edificio de negocios emblemático", desde donde "ejercía sus actividades privadas de inteligencia de forma pública y conocida".

En consecuencia, ha solicitado a García-Castellón que, "a efectos de comprobar estos extremos", pida a la Dirección General de la Policía Nacional que le informe de si entre 2011 y 2014 realizó de oficio alguna actuación administrativa de control o sanción sobre CENYT o si en esos mismos años hubo alguna denuncia relacionada con las actividades que llevaba a cabo la mercantil.

UN DEBER DE LOS JEFES DE SEGURIDAD

Los ex jefes de seguridad se han quedado en la primera línea de fuego después de que el juez archivara el jueves la causa para los principales imputados hasta ese momento: el presidente de Repsol, Antonio Brufau; su ex homólogo de CaixaBank Isidro Fainé y ambas entidades.

El instructor imputó en abril a Brufau y Fainé por un presunto delito de cohecho al interpretar que la reacción de Repsol y CaixaBank frente a la alianza de Sacyr con la petrolera mexicana Pemex para hacerse con el control de la energética española fue "promovida por los dos presidentes". Sin embargo, finalmente en estos meses de investigación ha llegado a la conclusión de que "no consta" la participación de ninguno de ellos en la contratación a CENYT.

García-Castellón ha determinado que la contratación no recaía en el ámbito de control de ninguno de los dos presidentes, sino de sus jefes de seguridad del momento, descargando así la responsabilidad de este contrato sobre Araujo y Rancaño.

"Por tanto, sin indicios que apunten a que los presidentes de las compañías interviniesen de manera directa en los hechos investigados, no es posible transferir a dichos presidentes una obligación de supervisión y vigilancia corporativa, que está delegada en los órganos competentes para ello", ha resuelto.

En el caso de Repsol y CaixaBank, levantó su imputación porque "ambas mercantiles tenían implantado, al tiempo de producirse los hechos objetos de la presente pieza separada, un sistema de prevención y cumplimiento eficaz".