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El Comité de Garantías de UPN considera grave la infracción de los dos diputados

El Comité de Garantías y Disciplina de UPN ha propuesto la suspensión de militancia durante dos años y medios de los diputados regionalistas Carlos García Adanero y Sergio Sayas por no haber acatado la directriz del partido de apoyar la reforma laboral; una infracción que, a la vista de la sanción propuesta, se ha considerado grave.
El Comité de Garantías de UPN considera grave la infracción de los dos diputados

PAMPLONA, 9 (EUROPA PRESS)

El Comité de Garantías y Disciplina de UPN ha propuesto la suspensión de militancia durante dos años y medios de los diputados regionalistas Carlos García Adanero y Sergio Sayas por no haber acatado la directriz del partido de apoyar la reforma laboral; una infracción que, a la vista de la sanción propuesta, se ha considerado grave.

Según contemplan los Estatutos del partido, cometer infracciones graves supone la suspensión de militancia por un periodo de tiempo de entre uno y tres años o la inhabilitación para desempeñar cargos en el seno del partido o en representación de éste por igual periodo de tiempo. Ambas sanciones no son excluyentes entre sí.

El artículo 108 de los Estatutos recoge, entre los supuestos que se consideran infracciones graves, el de "desobedecer las instrucciones o directrices de los órganos de gobierno y representación del partido, o de los grupos institucionales del mismo, cuando no constituya una infracción muy grave".

También ve graves otros casos como "propagar, por cualquier medio, noticias que desprestigien al partido, sean descalificatorias del mismo o de cualquiera de sus órganos de Gobierno, representación o de los grupos institucionales siempre que así lo entienda el Comité de Disciplina" o "realizar declaraciones y manifestaciones públicas en nombre del partido que comprometan políticamente al mismo sin contar con la autorización expresa de la Presidencia del Comité Ejecutivo que corresponda en sus diferentes ámbitos".

Por otro lado, en el artículo 109 de los Estatutos se consideran infracciones muy graves conductas como "la manifiesta y reiterada deslealtad al partido, a sus órganos de gobierno y representación,entendida ésta como toda acción u omisión voluntaria encaminada a perjudicar el interés general del partido que tenga especial gravedad en opinión del Comité de Disciplina por su naturaleza y difusión".

También otras como "actuar en el ejercicio de los cargos públicos en forma contraria a los principios y programas del partido" o "revelar a terceros cualquier acuerdo, resolución o decisión del Partido o de sus grupos institucionales cuando se haya acordado guardar secreto o reserva sobre los mismos".

La infracción muy grave puede conllevar la expulsión del partido, la suspensión de militancia por un periodo de tiempo de entre tres años y seis años y la inhabilitación para desempeñar cargos en el seno del partido o en representación de éste por igual periodo de tiempo.

El Comité Ejecutivo de UPN, con el respaldo del Consejo Político, había acordado pedir a los dos diputados que entregaran su acta o, de lo contrario, iniciar el procedimiento para su expulsión.

El Comité de Garantías de UPN considera grave la infracción de los dos diputados
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