23.04.2024 |
El tiempo
ALERTA El Diario de Cantabria

CCOO demanda a Comunidad de Madrid por permitir contratar personal sin titulación para atender a mayores y dependientes

Consideran que la Orden de Consejería de Sanidad "vulnera la Constitución y la ley estatal de Ordenación de las Profesiones Sanitarias"
CCOO demanda a Comunidad de Madrid por permitir contratar personal sin titulación para atender a mayores y dependientes

Consideran que la Orden de Consejería de Sanidad "vulnera la Constitución y la ley estatal de Ordenación de las Profesiones Sanitarias"

MADRID, 24 (EUROPA PRESS)

CC.OO. Sanidad Madrid ha interpuesto una demanda ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid contra la Orden 1718/2021 de 27 de diciembre, emitida por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, y que permite la contratación de personal sin titulación para atender las necesidades sanitarias y cuidados de las personas mayores y dependientes en las residencias, centros de día y servicios de ayuda a domicilio.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid establece como requisito para poder ser contratado que se acredite la inexistencia de demandantes de empleo en esas categorías en la zona y que el trabajador contratado tenga "preferentemente" experiencia en el cuidado de personas dependientes.

"Asimismo, la instrucción de Sanidad permite que los y las profesionales ya contratados realicen funciones de categorías superiores a la que ostentan, aunque no cuenten con los títulos académicos ni habilitación legal, con una formación que solo requiere, según la Orden, la supervisión de la empresa", señala el sindicato en un comunicado.

POSIBLE VULNERACIÓN DE DERECHOS CONSTITUCIONALES

CC.OO. considera que esta Orden vulnera distintos artículos de la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, que exige que los profesionales sanitarios de todas las categorías ostenten la titulación académica necesaria así como las correspondientes habilitaciones legales para el ejercicio de su profesión.

Igualmente entiende que se ha infringido el artículo 17 del VII Convenio Colectivo Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal (residencias de mayores y del servicio de ayuda a domicilio), así como los artículos 15, 43 y 50 de la Constitución Española respecto de los derechos reconocidos a las personas dependientes.

El sindicato argumenta que, desde la perspectiva jurídica, la Orden "se sustenta en un supuesto que no es real porque no existe una situación de extraordinaria gravedad o urgencia que justifique el contenido de esta Orden, que invade competencias propias del mercado laboral y profesional".

Por ello, han asegurado que "no van a permitir que se utilice esta Orden como coladero de empleo precario, mal pagado y sin formación, y que lo hagan a costa de la calidad de la atención a los y las más vulnerables".

ORDEN DE LA COMUNIDAD

A finales del año pasado, la llegada de la variante Ómicron del coronavirus no ocasionó consecuencias graves ni entre los residencias ni entre el personal, obligó a prescindir de los trabajadores afectados por Covid para intentar frenar los contagios, "algo especialmente importante cuando se trata de centros con personas mayores que pueden ser más vulnerables", indicaron a Europa Press fuentes regionales.

Por ello, el Gobierno regional modificó la Orden 1244/2021, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus. Entró en vigor el día 28 de diciembre de 2021, tras publicarse en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

De este modo, apuestan por flexibilizar la contratación de determinado personal en aquellos centros o servicios de carácter social que tengan dificultad para encontrar trabajadores disponibles, "todo ello al objeto de ampliar el número de personas susceptibles de ser contratadas para garantizar el correcto funcionamiento de dichos centros".

Así, se introduce un punto 7 en el apartado sexagésimo cuarto de dicha Orden, que queda redactado de la siguiente forma: "Como consecuencia de la crisis sanitaria, y durante la vigencia de la presente Orden, los centros, servicios o establecimientos de servicios sociales podrán, de manera excepcional, proceder a la contratación de personal en las distintas categorías profesionales del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia relacionadas con el cuidado de las personas en centros residenciales, de día o servicios de atención domiciliaria, cuando se acredite la no existencia de demandantes de empleo con las titulaciones especificas necesarias en la zona donde esté ubicado, bien el centro o la institución social".

Así, si no existiera disponibilidad de demandantes de empleo con las titulaciones que habilitan el acceso a dichas categorías podrán desempeñar estas funciones personas que, "careciendo de titulación, preferentemente tengan experiencia en cuidado y atención de personas dependientes, debiendo las entidades prestadoras de servicios garantizar la supervisión y formación práctica en el puesto de trabajo para mejorar sus competencias profesionales".

CCOO demanda a Comunidad de Madrid por permitir contratar personal sin titulación para atender a mayores y dependientes
Comentarios