24.04.2024 |
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Baleares aclara que la orden sobre el requisito de catalán no afecta a enseñanzas artísticas y niega una "rebaja"

La Consejería de Educación y Formación Profesional ha emitido este jueves un comunicado en el que aclara que la orden publicada recientemente que fija los requisitos para la enseñanza de y en catalán no afecta a los profesionales docentes de las enseñanzas artísticas superiores.
Baleares aclara que la orden sobre el requisito de catalán no afecta a enseñanzas artísticas y niega una "rebaja"

PALMA, 22 (EUROPA PRESS)

La Consejería de Educación y Formación Profesional ha emitido este jueves un comunicado en el que aclara que la orden publicada recientemente que fija los requisitos para la enseñanza de y en catalán no afecta a los profesionales docentes de las enseñanzas artísticas superiores.

Lo ha hecho después de que sindicatos y formaciones políticas hayan alertado de una rebaja de los requisitos de catalán para los docentes del Conservatorio Superior.

En el comunicado, el departamento que dirige Martí March, ha negado las acusaciones de "rebaja" del requisito y ha reafirmado su compromiso con la enseñanza de y en catalán en Baleares.

La Conselleria ha recordado que los centros de enseñanzas artísticas ESADIB y Conservatorio Superior tienen un régimen diferente al resto de centros y que el profesorado de estos centros tiene un régimen contractual laboral y no depende de la Dirección General de Personal Docente.

Actualmente, han señalado, todas las plazas que se ofertan tienen el requisito del C1 de catalán, si bien, es cierto que este requisito en el caso del Conservatorio no es necesario para el profesorado temporal, han reconocido.

Según han detallado, la orden fija las titulaciones que hay que tener para dar clases de y en lengua catalana en la enseñanza reglada no universitaria, establece las equivalencias, se define el Plan de Formación Lingüística y Cultural (FOLC), se regulan las condiciones de la exención de la evaluación de la lengua catalana y literatura en enseñanzas no universitarias y se determinan las funciones y la composición de la Comisión Técnica de Asesoramiento para la Enseñanza de y en Lengua Catalana.

De este modo, establece en el artículo 3 los tipos de certificados de capacitación: certificado de capacitación para el primer ciclo de educación infantil (CCI); certificado de capacitación para educación infantil y primaria (CCIP); certificado de capacitación para la educación secundaria (CCS).

Este último habilita para ejercer docencia en lengua catalana en toda la educación secundaria, a la formación profesional, a todas las especialidades de la educación de personas adultas y a las enseñanzas de régimen especial.

En consecuencia, han insistido, no afecta al profesorado que imparte las enseñanzas artísticas superiores.

La Conselleria de Educación ha reiterado en este punto el convencimiento del Govern de la necesidad de regular la capacitación de catalán para estos estudios por lo que se introdujo una modificación, concretamente la disposición adicional, que dice el régimen específico aplicable en materia de capacitación en lengua catalana en la selección del profesorado de enseñanzas artísticas superiores es lo establecido en los reglamentos de organización y funcionamiento académico de estos centros, si es el caso.

Por su parte, han explicado, la disposición adicional 4 establece por primera vez la regulación de la capacitación en lengua catalana que tiene que tener el profesorado de las enseñanzas artísticas superiores.

De hecho, han recalcado, actualmente el Patronato de la Fundación que gestiona las dos escuelas (FESMAE) ya está trabajando en la elaboración de un reglamento académico común para ESADIB y Conservatorio Superior que, entre otras cuestiones, regule el requisito de catalán para el profesorado de los dos centros.

Baleares aclara que la orden sobre el requisito de catalán no afecta a enseñanzas artísticas y niega una "rebaja"
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