28.04.2024 |
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El yihadista que mató al sacristán se opone a su procesamiento en la AN

El presunto yihadista se ha negado a responder a las preguntas del magistrado y únicamente ha señalado que no está conforme con su procesamiento y que está tomando su medicación

Efectivos sanitarios y policiales tras el atentado en Algeciras en enero de 2023. / Nono Rico
Efectivos sanitarios y policiales tras el atentado en Algeciras en enero de 2023. / Nono Rico
El yihadista que mató al sacristán se opone a su procesamiento en la AN

Yassine Kanjaa, el presunto yihadista que en enero de 2023 protagonizó un ataque en Algeciras que se saldó con la muerte del sacristán de la Iglesias de Nuestra Señora de la Palma Diego Valencia y con varios heridos, ha mostrado este miércoles su oposición al auto de procesamiento de la Audiencia Nacional.

Fuentes jurídicas han explicado  que Kanjaa ha comparecido de forma telemática ante el magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción Número 6, Joaquín Gadea, que le ha tomado declaración indagatoria. El presunto yihadista, sin embargo, se ha negado a responder a sus preguntas, y únicamente ha señalado que no está conforme con su procesamiento y que está tomando la medicación que le fue prescrita.

Procesado por delito de asesinato terrorista. Fue el pasado mes de noviembre cuando el magistrado acordó procesarle por un delito de asesinato terrorista y otro de lesiones terroristas, explicando que el primero podía acarrear la prisión permanente revisable. El magistrado acordó entonces mantenerle en prisión provisional e imponerle una fianza de 100.000 euros.

En septiembre, el juez Gadea puso fin a la instrucción aclarando que después de la extensa actividad instructora procedía la transformación de las diligencias previas en sumario ordinario al considerar que los hechos encajaban en delitos de terrorismo.

Para llegar a esa conclusión, Gadea se basó en los atestados e informes policiales, las declaraciones de testigos y perjudicados, la declaración realizada por el propio investigado, así como los informes periciales y la documentación recabada durante estos meses de investigación. Y abordaba la posible alteración psíquica de Kanjaa en el momento del ataque, y subrayaba que esto afectaría «al alcance de la culpabilidad» pero no a la calificación de los hechos como terroristas.

Al hilo, mencionaba el informe pericial forense elaborado en el Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Sevilla y recordaba que éste afirmaba que Kanjaa «presenta un cuadro psicótico que cursa con delirios de probable filiación esquizofrénica» y que «en el momento de tener lugar los hechos presentaba una descompensación psicótica aguda con un importante grado de implicación afectiva y conductual que afectaría muy severamente a sus capacidades volitivas e intelectivas».

La resolución incluía en su repaso de la instrucción un informe de inteligencia de Europol en el que se contextualiza el ataque realizado por Yassine Kanjaa relacionándolo con otras acciones terroristas perpetradas en Europa y que tenían como objetivos concretos templos o personas de religión cristiana.

El yihadista que mató al sacristán se opone a su procesamiento en la AN
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